Qué es el pacto de arras?
Arras de retractación:
Son aquellas en que la prenda (el dinero) se ha dado con la intención de ofrecer a cada una de las partes un medio de desistir del contrato mediante pena; quien las entrega puede retractarse, perdiéndolas y quien las recibe puede retratarse pagando el doble al otro. (se deshace el contrato unilateralmente sin intervención judicial).
Arras Confirmatorias:
Prenda (dinero) que se entrega como prueba de la celebración de un contrato o garantía de su ejecución. Las arras se dan como parte del precio, si una parte incumple, la otra puede demandar el cumplimiento y la indemnización o esta última y la resolución del contrato.
Arras Confirmatorias Penales:
Son dadas como liquidación anticipada de perjuicios y sirven también como las pasadas, como prueba de celebración y como garantía de ejecución. La parte que no tiene la culpa en la in ejecución puede exigir su cumplimiento o apropiarse de las arras si él las recibió o exigirlas dobladas, si él las dio. Esto se diferencia de las cláusulas penales ñeque éstas se dan desde un principio y no es solo un monto pactado.
La deferencia, es que en el C.Co. sólo se reconocen las arras de retractación, y además sobre ellas no fija un plazo para ejercer la facultad como sí lo hace el C.C. (2 meses a partir de la celebración).