Afectación a Vivienda Familiar en Colombia.
La afectación a vivienda familiar (Ley 258 de 1996) es una protección automática sobre el inmueble donde reside la familia matrimonial. Aquí cómo opera, cuándo aplica y cómo se levanta para vender.
La afectación a vivienda familiar, creada por la Ley 258 de 1996 modificada por la Ley 854 de 2003, opera automáticamente sobre el inmueble de habitación de la familia matrimonial. Para venderlo, hipotecarlo o gravarlo se requiere firma de ambos cónyuges. Si están separados, se necesita autorización judicial.
Qué es la afectación a vivienda familiar
Es una afectación legal que opera automáticamente sobre el inmueble que sirve de habitación a la familia matrimonial. No requiere registro previo. Su efecto principal: para vender, gravar o hipotecar el inmueble se necesita firma de ambos cónyuges.
Cuándo aplica
Cuando hay matrimonio civil vigente y el inmueble es de uno de los cónyuges (o de la sociedad conyugal) y se usa como vivienda de la familia. Si la pareja vive en unión libre, no aplica esta afectación específica (aunque pueden existir otras protecciones).
Cómo se levanta para vender
Si los cónyuges están de acuerdo: ambos firman la escritura de compraventa. La afectación se levanta automáticamente con la venta. Si están separados o en desacuerdo: se requiere autorización judicial del juez de familia, similar al caso de menores.
Casos especiales
Si el matrimonio se disolvió por divorcio o muerte: la afectación termina con la disolución. Hay que verificar el estado civil al momento de comprar. Si el inmueble fue adquirido antes del matrimonio, sigue siendo bien propio del cónyuge titular pero puede tener afectación si la familia lo habita.
Preguntas frecuentes
Las dudas más comunes sobre este tema.