Comprar un Bien Embargado en Colombia

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Comprar un Bien Inmueble Embargado en Colombia.

Comprar un inmueble embargado es legal en Colombia, pero requiere procedimiento especial. El embargo no impide la venta, pero la propiedad pasa al comprador con el embargo encima — el comprador asume el gravamen.

📌 En 60 segundos

Comprar un bien embargado en Colombia es legal. El embargo es una medida cautelar que asegura el pago de una deuda al acreedor; no transfiere la propiedad ni la prohíbe. Existen tres vías: levantar el embargo antes (pagando la deuda), comprar con compromiso de levantamiento posterior, o comprar en remate judicial. Cada una tiene riesgos distintos.

Es legal comprar un inmueble embargado

Es plenamente legal en Colombia. El embargo es una medida cautelar que asegura el pago de una deuda al acreedor — no transfiere la propiedad ni la prohíbe. Lo que sí hace es advertir a cualquier comprador que el inmueble está afecto al cumplimiento de una obligación.

Las tres vías de compra

Vía 1 — Levantamiento previo: el vendedor paga la deuda, se levanta el embargo y se vende libre de gravamen. Lo más limpio. Vía 2 — Compra con compromiso: el comprador acepta el embargo y se obliga a pagarlo o levantarlo después de la compra. Riesgoso. Vía 3 — Remate judicial: el inmueble se compra en subasta pública convocada por el juez. Precio suele ser inferior al comercial.

Riesgos principales

Si el comprador asume el embargo y luego no paga, el acreedor puede rematarle el inmueble. Si la deuda es mayor al valor del inmueble, queda sin patrimonio y con saldo a deber. La diferencia entre vender embargado y rematado puede ser cientos de millones.

Cómo se evita la estafa

Estudio de títulos exhaustivo (incluido folio de matrícula y certificado de tradición y libertad). Verificación del proceso judicial que generó el embargo. Cálculo del valor real de la deuda incluido intereses. Asesoría jurídica antes de firmar promesa.

Remate judicial paso a paso

El juez fija fecha de remate. Los interesados deben consignar el 40% como caución para participar. La oferta mínima es del 70% del avalúo. Si no hay oferentes en primera vuelta, baja al 50%, luego 40%. El que ofrece más se queda con el inmueble. Hay que pagar el saldo en plazo determinado.

Preguntas frecuentes

Las dudas más comunes sobre este tema.

¿Se puede vender un bien embargado?
Sí, el embargo no prohíbe la venta. Solo asegura el pago de la deuda. El comprador queda en la posición del vendedor frente al acreedor.
¿Cuánto vale un inmueble embargado?
Suele venderse al 60-80% del valor comercial dependiendo del monto de la deuda y del acuerdo. En remate judicial pueden bajar hasta el 50% en segunda y tercera vuelta.
¿Cómo se levanta un embargo?
Pagando la deuda al acreedor, quien firma escritura pública de cancelación que se inscribe en el folio. Sin pago, el embargo solo se levanta por orden judicial (caducidad o desistimiento).
¿Es seguro comprar en remate judicial?
Es la vía más segura legalmente porque el juez controla el procedimiento. Pero requiere conocimiento técnico para participar (oferta, depósito, plazos). La asesoría jurídica es indispensable.
¿Qué pasa si el inmueble tiene varios embargos?
Hay orden de prelación: el primero que embargó tiene preferencia, luego el segundo, etc. Para liberarlo hay que pagar a todos los acreedores. La complejidad sube exponencialmente.
¿Puedo comprar embargado y rematarlo después yo mismo?
No tiene sentido — si compras y luego no pagas la deuda asumida, el acreedor remata el inmueble y pierdes la inversión. La estrategia válida es solo si puedes pagar la deuda con descuento o si la negocias previamente.

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